Adiós al Impuesto a las Ganancias Extraordinarias

Adiós al Impuesto a las Ganancias Extraordinarias

Después de nueve años de vigencia, la obligación tributaria fue eliminada. La decisión permite al Ecuador ofrecer un marco legal con mayor seguridad para las inversiones mineras.

A finales del 2018, el Gobierno ecuatoriano expidió el Reglamento a la Ley de Fomento Productivo, que atrajo consigo un beneficio para la actividad minera, que por mucho tiempo ha sido buscado. Se trata de la eliminación del impuesto a las ganancias extraordinarios. La noticia ha sido bien recibida por el sector, sobre todo, porque da muestras de la intención del Régimen por seguir impulsando la minería, una de los principales puntales dentro de su llamado “Plan de Prosperidad 2018-2021”.

El impuesto, que se trataba de una fórmula determinada por los precios de los metales en el mercado, entró en vigencia en el 2009, pero, a menudo su conveniencia tuvo constantes reparos, sobre todo entre las grandes empresas mineras interesadas en ingresar a la actividad en el Ecuador, debido a la incertidumbre que esto generaba. Después de nueve años, se suprimió el Artículo 86.1, que imponía tributos a los ingresos extraordinarios de esta actividad industrial, luego de la aplicación de una fórmula determinada por los precios de los metales en el mercado. Así lo recoge diario El Tiempo, de Cuenca.

Para Andrés Icaza, vicepresidente de la Cámara de Minería de Ecuador, este régimen impositivo causó más ruido que beneficios para el país, pues las empresas mineras vieron con recelo esta condición tributaria. “Es positivo para el sector que se haya quitado el tributo por las ganancias extraordinarias, por el cual el Estado no percibió nada, pues los grandes proyectos, como Mirador o Fruta del Norte, aún no han empezado su fase de producción”. Reconoció que este era un factor que impedía atraer inversiones.

Pero no solo la eliminación de este artículo es bien recibida por el sector. El reglamento contempla que para nuevas inversiones habrá una exoneración del Impuesto a Salida de Divisas, ISD. Además, se indica que se establecen beneficios en regalías para aquellos contribuyentes que mantengan contratos de exploración, explotación y transporte de recursos naturales no renovables.

Para César Zumárraga, experto en legislación sobre temas mineros y miembros de prestigiosas instituciones, como Rocky Mountain Mineral Law Foundation, RMMLF, el cambio en el esquema de regalías es beneficioso. El legista explicó que, en mediana y gran minería, las regalías se calculaban ente el 5% y el 8% y ahora, con la nueva normativa, la base bajó a entre el 3% y el 8%. El Estado cede un porcentaje, pero apunta a atraer más recursos. “El nuevo esquema es más atractivo para que el inversionista pueda tener del Estado una regalía mayor, y con la operación pueda recuperar en menor tiempo la inversión realizada”, apuntó Zumárraga.

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